Teletrabajo en España en 2026 — qué exige la ley a empresas y trabajadores
Repaso de las obligaciones mínimas del acuerdo de teletrabajo según la Ley 10/2021 y los errores más frecuentes que vemos en Cantabria.
El teletrabajo dejó de ser una medida excepcional en muchos sectores cántabros, pero la formalización del acuerdo sigue generando dudas. La Ley 10/2021, de trabajo a distancia, establece un marco claro que conviene conocer antes de firmar cualquier documento.
El acuerdo debe ser previo y por escrito
No basta con un correo del jefe autorizando trabajar desde casa. La ley exige un acuerdo escrito — individual o colectivo — que regule la duración, el lugar de prestación, el horario, la forma de control y la compensación de gastos. Si la empresa no entrega borrador, el trabajador puede solicitarlo por escrito y la dirección tiene un plazo de diez días para responder.
Inventario de medios y formación
El empleador debe facilitar los equipos necesarios o compensar su uso si son del trabajador. También debe garantizar la formación en prevención de riesgos adaptada al puesto remoto. En consultas recientes hemos visto acuerdos que omiten esta cláusula y generan conflictos cuando aparece una baja por ergonomía.
Control de jornada y desconexión
El teletrabajo no elimina el registro horario. Las empresas deben aplicar el mismo sistema de control que en la oficina, salvo excepciones justificadas. Además, el acuerdo debe respetar el derecho a la desconexión digital fuera del horario pactado.
Errores frecuentes en Cantabria
- Mezclar teletrabajo completo con días puntuales sin distinguir modalidades.
- No indicar quién asume el coste de la conexión a internet.
- Copiar modelos genéricos sin revisar el convenio del metal, la hostelería o el comercio, que añaden condiciones específicas en la comunidad autónoma.
Si va a negociar o firmar un acuerdo, conviene revisarlo con calma. En Page Ridgefield analizamos estos documentos cada semana y podemos señalar las cláusulas que su convenio sectorial exige adicionalmente.